miércoles, 7 de noviembre de 2012

1. Cuadro Comparativo Modalidades de Exportación

MODALIDADES
DEFINICIÓN
Exportación definitiva sin reintegro
Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.


DESCRIPCIÓN DEL PROCESO


Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo
DESCRIPCIÓN:
Se considera como una exportación temporal del territorio aduanero por un plazo determinado para ser sometidas en el exterior el perfeccionamiento pasivo, el cambio, transformación o reparación de la mercancía nacionales o nacionalizadas, con suspensión en su caso, de los derechos e impuestos a la exportación para ser reimportadas bajo el tratamiento tributario y dentro del plazo establecido en el Reglamento.
Las mercancías exportadas en forma temporal deben ser plenamente identificables a través de marcas, sellos o números, pueden permanecer fuera del territorio aduanero por un plazo de seis meses contados a partir de la aceptación de la declaración y debe contar con una resolución de autorización emitida por la Intendencia de Aduanas. Para el retorno de las mercancías si fueron reparadas sin costo alguno o sustituidas por encontrarse dentro del plazo de garantía de funcionamiento se efectuará una exención total de derechos e impuestos, excepto en las sustituciones cuando las mercancías sustitutas tengan un valor mayor, se deberá cancelar los tributos sobre la diferencia resultante, en los demás casos deberá pagarse los correspondientes derechos e impuestos a la importación sobre el valor agregado a las mercancías exportados y los gastos en que se incurra en la reimportación.
DESCRIPCIÓN DEL PROCESO



EN ESTA MODALIDAD DEBERÁN CONSERVARSE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

a) Copia de la Declaración de Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo.
b) Factura comercial que acredite el valor total del valor agregado en el extranjero.
c) Certificado de origen, cuando haya lugar a éste.
d) Documento de transporte.
e) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado.

Exportación temporal para reimportación en el mismo estado
DESCRIPCIÓN:
Permite la salida del territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas con la finalidad de reimportarlas en un plazo determinado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal por su uso. Las mercancías exportadas bajo este régimen al ser reimportadas no estarán sujetas al pago de los derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación para el consumo.
Las mercancías así exportadas deberán salir del país en un único embarque y con los datos definitivos de la operación. Igualmente deberán quedar plenamente identificadas por sus características permanentes que las individualizan de las demás de su género.
El declarante debe conservar en su poder por el término de cinco (5) años, contados a partir de la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque, el documento que acredita el contrato que originó la exportación.
Terminación de la modalidad: La modalidad de importación temporal para reimportación en el mismo estado, debe terminar dentro del plazo autorizado, mediante una de las siguientes situaciones:
·         Reimportación en el mismo estado.
·         Exportación definitiva.
·         Destrucción de la mercancía debidamente acreditada ante la Aduana.


DESCRIPCIÓN DEL PROCESO




EJEMPLO:
Esta modalidad es empleada para la exposición de ferias en el caso de artistas como Fernando Botero y diseñadores como Amelia Toro y Hernán Zajar.
Exportación por tráfico postal y envíos urgentes

DESCRIPCIÓN:

Esta modalidad regula la salida de envíos de correspondencia, paquetes postales y envíos urgentes, siempre que su valor no exceda de US $1.000 de los Estados Unidos de Norteamérica y requieran ágil entrega a su destinatario en el exterior.
Las labores de recepción, presentación de la declaración y embarque de los paquetes postales, los adelanta la Administración Postal Nacional y las empresas legalmente autorizadas para realizar esta actividad.
Las actividades relativas a los envíos urgentes, las realiza directamente las empresas de transporte internacional con licencia del Ministerio de Comunicaciones con empresas de mensajería especializada e inscritas ante la DIAN, y deberán estar amparados con una declaración simplificada de exportación.
Ø  Guía (empresa de correo)
Ø  Carta de responsabilidad
ØFactura



Muestra sin valor comercial
DESCRIPCIÓN:
o   Cupo anual de USD 10.000
o   Requiere Certificado de Origen y factura comercial

NO PERMITIDOS
1. Café
2. Esmeraldas
3. Artículos manufacturados de metales preciosos
4. Oro y sus aleaciones
5. Platino y metales del grupo platino
6. Cenizas de orfebrería, residuos o desperdicios de oro
7. Productos minerales con concentrados auríferos, plata y platino
8. Plasma humano, órganos humanos, estupefacientes y los productos cuya exportación está prohibida, tales como los bienes que forman parte del patrimonio artístico, histórico y arqueológico de la Nación.




Programas especiales de exportación (PEX)
Es la operación, mediante la cual, en virtud de un acuerdo comercial, un residente en el exterior compra materias primas, insumos, bienes intermedios, material de empaque o envases, de carácter nacional, a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor, también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar los bienes manufacturados, a partir de dichas materias primas, insumos, bienes intermedios o utilizando el material de empaque o envases, según las instrucciones que reciba del comprador externo.
Los requisitos generales para inscribirse son los siguientes:
o      Presentación de una solicitud suscrita por el representante legal de la persona jurídica que pretende inscribir.
o      Estar domiciliado o representado legalmente en el país.
o      Certificado de existencia y representación legal de la respectiva persona jurídica expedida por la Cámara de Comercio o documento que acredite la creación de la entidad de derecho público, con fecha de expedición no superior a tres (3) meses.
o      No tener deudas exigibles con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN.
Exportación temporales realizadas por viajeros

DESCRIPCIÓN:
Esta modalidad de exportación contempla las mercancías nacionales o nacionalizadas que llevan los viajeros que salgan del país, independientemente de los objetos personales.
Esta modalidad es empleada por personas naturales.
Reexportación

DESCRIPCIÓN:

Es la salida definitiva del territorio nacional de mercancías, que estuvieron sometidas a alguna transformación o ensamble.
Reembarque
DESCRIPCIÓN:
Esta modalidad permite la salida de mercancías que se encuentra almacenada y que no ha sido objeto de ninguna otra modalidad de exportación (que no haya sido sometida a ningún tipo de transformación ni ensamble).

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